En la pantalla aparecerá el número de mesa y un teclado táctil con el
que la autoridad de mesa debe ingresar el PIN impreso en la credencial y
eligir la opción de “apertura de mesa”.
A su vez, deberá
insertar el "Acta de Apertura de Mesa" en la máquina, sólo a partir de
las 8, ingresando el horario, su nombre completo y el tipo y número de
su documento y el de las demás autoridades de mesa y tendrá que
imprimirla.
Otra particularidad en estas elecciones es que el
votante recibirá de las autoridades de mesa un ejemplar de BUE -el papel
correspondiente donde se imprimirá la boleta- que insertará en la
ranura de la máquina antes de comenzar con su selección.
Se
completará la emisión del voto cortando un troquel de la BUE que debe
coincidir con el que anteriormente recortó la autoridad de mesa.
Finalmente se dobla la boleta impresa y se la introduce en la urna.
En
la acordada en Tribunal electoral también resaltó que "si el elector
manifiesta que lo que está impreso en la BUE no es lo que quiere votar,
la autoridad de mesa le indica que destruya la boleta por completo y le
entrega otra para que repita el procedimiento" y aclara que "hasta que
la boleta no se introduce en la urna no constituye un voto".
Asimismo, el Tribunal explicitó los pasos a seguir en el caso de que la maquina presentase algún desperfecto.
Para
el recuento de los votos la autoridad de mesa, acercará su credencial
al lector de la máquina y deberá elegir la opción “Cierre de Mesa y
Escrutinio” e ingresar el PIN.
Luego insertará el " Acta de Cierre de Mesa y Escrutinio" e ingresará el horario y dará aceptar a la operación realizada.
Allí,
aparecerá una pantalla en la que se muestra la totalidad de las
agrupaciones políticas y las categorías que en cada caso corresponden y
el “contador” estará en cero (0).
La Autoridad de Mesa deberá
entonces volcar el contenido de la urna en una bolsa plástica y, tomar
las BUE que extrae de la bolsa, una por una, exhibirlas a los presentes y
enunciar en voz alta la agrupación política elegida en cada una de las
categorías, a fin de permitir la fiscalización.
Seguidamente
pasará cada BUE por el lector de la máquina, para que esta realice el
recuento. Luego deberá colocar las boletas dentro de la urna.
Cuando
una boleta no pueda ser leída por la máquina se considera como “Voto no
leído por motivos técnicos” y es computado por el Tribunal en el momento
del escrutinio definitivo.
En el caso que un elector introduzca
en la urna la boleta sin imprimir, el voto se considerará como “Voto
Nulo” y también se considerará como “Voto Nulo” cuando la boleta este
escrita a mano.
Los votos impugnados, los recurridos y los nulos no deben pasarse por el lector de la máquina.
Los
votos impugnados, recurridos y los “no leído por motivos técnicos“ no
se guardan en la urna sino en el “Sobre de Devolución de Actas”.
El
Tribunal también detalló que la autoridad de mesa debe ingresar las
cantidades de votos “impugnados, recurridos, nulos y los “no leído por
motivos técnicos tocando los números que aparecen en la pantalla a modo
de teclado.
Luego imprimirá el “Acta de Cierre de Mesa y
Escrutinio” que debe ser firmada, por las Autoridades de Mesa y los
Fiscales presentes.
En la máquina de la mesa se imprimen además los
Certificados de Escrutinio que, debidamente firmados por las Autoridades
de Mesa se entregan a los Fiscales de las agrupaciones políticas
presentes.
Posteriormente, la autoridad de mesa insertará en la
máquina el "Certificado de Transmisión de Resultados", lo imprimirá, lo
firmará y lo entregará al Delegado del Tribunal afectado al
establecimiento.
Finalmente, "el Delegado entrega los
Certificados de Transmisión de Resultados al empleado de Correo, a fin
de que sean remitidos en custodia, juntos con las urnas y el resto del
material, a la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires", indicaron
desde el Tribunal.