
"Díctase una medida cautelar suspendiendo la aplicabilidad de lo dispuesto en el Titulo IV Trabajo del Decreto de Necesidad y Urgencia n.° 70/23 hasta tanto recaiga sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo ventilada en estos actuados", decidieron los jueces en el marco del expediente inaugurado a partir de una presentación de la CGT.
Días atrás, la Justicia del Trabajo había aceptado levantar la feria 
judicial para tratar la denuncia de la Central General de los 
Trabajadores (CGT) contra el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) del 
presidente Javier Milei que apunta a desregular la economía y cambiar 
las condiciones laborales en el país.
En su petición inicial, la 
central obrera solicitó en el primer punto que "se decrete la medida 
cautelar solicitada de suspensión de la aplicación del "Título IV 
Trabajo" del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 70/2023". La medida 
cautelar, en este marco, suspenderá todas las modificaciones en materia 
laboral dispuesta por el Poder Ejecutivo a través del Decreto de 
Necesidad y Urgencia (DNU) publicado el 21 de diciembre y aplicado 
efectivamente el pasado viernes.
El fallo sobre el amparo de la CGT 
se centra en el ámbito laboral. Sin embargo, ya hay más de 10 denuncias 
y/o pedidos de inconstitucionalidad sobre la totalidad del DNU que se 
encuentran en manos de la Justicia Federal. Muchas jurisdicciones 
incluso, habilitaron la apertura de la feria judicial para el 
tratamiento de los recursos presentados contra el decreto. Además del 
recurso de la CGT, la Justicia, en este caso de Lomas de Zamora, también
 abrió la feria judicial para aceptar un pedido de amparo contra el 
decreto 70/2023 del Poder Ejecutivo y derivó el expediente al Juzgado en
 lo Contencioso Administrativo Federal del magistrado Esteban Furnari.
El
 juez federal de Lomas de Zamora, Juan Pablo Auge, abrió la feria a 
partir del pedido de amparo que lleva la autoría de Roberto Crespo 
Armengol, quien había presentado el recurso contra el decreto de Javier 
Milei argumentando que el Ejecutivo excede sus facultades y afecta 
diversos aspectos legales y normativas vigentes al promulgar el DNU.
Además,
 el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal 2, organismo 
judicial que concentra todos los amparos contra el documento, recibió un
 pedido de una ONG para que habilite la feria judicial y defina si el 
mega DNU del presidente Javier Milei es constitucional.

